¿Adiós al efectivo en México? Qué plantea la Ley de Economía Digital y cómo impactaría a tu negocio
Análisis RTA · Finanzas · 12 de octubre de 2026
Estado legislativo al cierre de esta revisión: aprobado en la Cámara de Diputados y enviado al Senado; no se identificó aprobación definitiva ni publicación del decreto en el DOF. Por tanto, las obligaciones descritas corresponden a una propuesta legislativa, no a reglas ya exigibles por esta nueva ley.
Imagina dos escenas. En la primera, una persona llega a una caseta de peaje y descubre que necesita pagar con tarjeta o mediante una aplicación. En la segunda, el dueño de un pequeño negocio debe decidir si instala una terminal, acepta transferencias o utiliza códigos QR.
La posibilidad de que situaciones así se extiendan en México dejó de ser una conversación lejana. El 6 de octubre de 2026, la Cámara de Diputados aprobó en lo particular, por 327 votos a favor y 122 en contra, el proyecto que expide la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos. La minuta fue registrada en el Senado el 7 de octubre para continuar su proceso legislativo.
Pero conviene separar tres cosas: lo que se propone, lo que aún debe aprobarse y lo que un negocio debería evaluar desde hoy.
Primero: ¿están prohibiendo el dinero en efectivo?
No de manera general. El proyecto busca ampliar el uso de pagos electrónicos y digitales. La disposición que ha generado más debate es el artículo 13, que plantea facultar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para identificar sectores estratégicos y actividades relevantes donde la aceptación de pagos digitales y electrónicos podría convertirse en la única modalidad admitida. El artículo 14 prevé que las autoridades competentes determinen las condiciones de implementación y mecanismos de transición.
Eso no equivale a prohibir desde ahora los billetes y monedas para todas las compras. Tampoco significa que cualquier pequeño comercio deba dejar de recibir efectivo mañana. Para una aplicación concreta harían falta, además de completar el proceso legislativo, las determinaciones y reglas correspondientes.
La distinción importa porque el artículo 4 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos reconoce actualmente poder liberatorio ilimitado a los billetes del Banco de México. La eventual convivencia entre esa norma y restricciones sectoriales requerirá una lectura jurídica cuidadosa de la ley definitiva y de las reglas de aplicación.
¿Qué cambiaría si el proyecto termina aprobándose?
1. Más puntos de cobro digitales. Los proveedores de bienes y servicios y las autoridades tendrían que habilitar medios de recepción en los términos aplicables e informar cuáles están disponibles. El proyecto también contempla atender fallas y contingencias tecnológicas.
2. Algunos sectores podrían transitar a pagos exclusivamente digitales. En el debate y los reportes legislativos se mencionaron especialmente gasolineras y casetas de peaje como posibles ámbitos iniciales. Eso no significa que, al 12 de octubre, ya exista una prohibición vigente para pagar con efectivo en ellos bajo esta propuesta.
3. Más opciones para trámites públicos. Se plantea que autoridades federales, estatales y municipales impulsen la aceptación de medios electrónicos y digitales en sus trámites y servicios.
4. Identificación y contratación digital. El proyecto incorpora la CURP Digital como un mecanismo que podría utilizarse para contratar servicios financieros digitalmente, junto con otras identificaciones oficiales admitidas.
5. Excepciones por fallas. El texto contempla que, cuando una contingencia impida recibir el pago digital, se permita recurrir al efectivo o al cheque. Las condiciones concretas dependerían del texto finalmente promulgado y sus reglas.
¿Por qué este cambio sería tan relevante en México?
Porque el efectivo continúa dominando las operaciones cotidianas. Según la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (ENIF) 2024 del INEGI y la CNBV, el 85.2% de la población utilizaba el efectivo como medio de pago frecuente en compras de $500 o menos. Para compras de $501 o más, la proporción era 73.5%.
En compras de hasta $500, la proporción que utilizaba principalmente transferencias o aplicaciones móviles pasó de 1.6% en 2021 a 4.4% en 2024. La tecnología existe; su adopción, no obstante, es desigual.
Ahí está el reto de política pública: ampliar los medios de pago sin dejar fuera a personas sin cuenta bancaria, conectividad, habilidades digitales o dispositivos compatibles.
El impacto real para un negocio: vender digitalmente también tiene costos
Aceptar tarjetas puede facilitar ventas, reducir manejo de efectivo y dejar un mejor registro de cobranza. Pero una terminal también puede implicar comisiones, costos de equipo, conectividad, contracargos y tiempos de liquidación, según el proveedor contratado.
Ejemplo ilustrativo: un comercio cobra $100,000 mensuales con tarjeta. Si su adquirente le cobrara una comisión hipotética del 2.5%, pagaría $2,500 mensuales en comisiones, antes del IVA y de cualquier otro cargo. Si el mismo volumen y tarifa se mantuvieran durante doce meses, serían $30,000 anuales antes de esos conceptos.
La tasa del 2.5% es un supuesto didáctico, no una tarifa oficial, promedio de mercado ni consecuencia de la iniciativa.
La conclusión no es que el efectivo sea siempre más barato: contarlo, custodiarlo, transportarlo, depositarlo y controlar faltantes también puede costar. La comparación correcta depende del giro, del importe promedio de cada venta, del margen de utilidad y de los medios de cobro efectivamente disponibles.
¿Cobrar por transferencia o CoDi es lo mismo que cobrar con terminal?
No. Tarjetas, SPEI y CoDi tienen funcionamiento y condiciones diferentes.
- Tarjeta: el comercio contrata normalmente un servicio de aceptación; las comisiones y el tiempo de abono dependen del contrato.
- SPEI: permite transferir dinero entre cuentas financieras participantes. Hay que verificar que el abono efectivamente aparezca y conciliarlo con la venta.
- CoDi: utiliza la infraestructura de transferencias y códigos QR o mensajes de cobro. Banco de México señala que las operaciones CoDi no generan comisiones adicionales y pueden operar 24/7, bajo sus condiciones de servicio.
Ninguna tecnología sustituye el control interno. Un comprobante o captura de pantalla enviado por el cliente no debe reemplazar la confirmación bancaria del ingreso.
¿Y el SAT? Lo que cambia y lo que no
Los pagos electrónicos generan registros que pueden ayudar a conciliar ingresos y ventas. Pero esta propuesta, por sí misma, no crea un impuesto nuevo sobre las transferencias, no vuelve gravable automáticamente cualquier depósito y no constituye prueba de que el SAT accederá irrestrictamente a cada movimiento bancario.
Las obligaciones de emitir CFDI cuando proceda, registrar correctamente los ingresos y cumplir con ISR e IVA derivan de la legislación fiscal aplicable, independientemente de si el cliente paga en efectivo, con tarjeta o por transferencia.
Para un negocio, más que temerle a una terminal, el desafío consiste en poder explicar y conciliar ventas, facturas, cobros, comisiones, devoluciones y depósitos bancarios. Tampoco debe asumirse que toda entrada bancaria constituye una venta: hay operaciones que pueden corresponder a préstamos, aportaciones, traspasos o devoluciones, cuya naturaleza debe sustentarse documentalmente.
Cinco decisiones que conviene revisar sin esperar a que la ley cambie
- Diagnostica cómo te pagan. Identifica qué porcentaje de ventas recibes en efectivo, tarjeta y transferencia; distingue sucursales, horarios y tickets promedio.
- Compara costos reales. Solicita cotizaciones y revisa comisiones, IVA, tiempos de abono, contracargos, renta de terminal, conectividad y cancelaciones.
- Prueba un medio adicional. Evalúa una solución viable para tu clientela, sin imponer cambios antes de conocer el marco regulatorio definitivo.
- Conciliación diaria. Relaciona cada corte de caja, terminal, depósito y transferencia con tus registros contables y CFDI aplicables.
- Prepara contingencias. Define cómo cobrarías si se cae internet, falla una terminal o el sistema bancario está indisponible; revisa las reglas que correspondan a tu actividad.
Conclusión: el efectivo no ha desaparecido; la forma de cobrar está en discusión
La digitalización de los pagos puede aumentar la comodidad, la seguridad operativa y el acceso a herramientas financieras. También plantea desafíos de inclusión, privacidad, ciberseguridad y costos para los pequeños negocios.
La pregunta estratégica no es si mañana desaparecerá el efectivo. Es si tu empresa está preparada para cobrar de distintas maneras sin perder ventas, margen ni control.
En Romero Tizavano & Asociados creemos que una transición inteligente comienza con procesos de cobro, tesorería y conciliación bien diseñados, no con decisiones basadas en titulares alarmistas.
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Nota de actualización: análisis con corte al 12 de octubre de 2026. La iniciativa no debe comunicarse como una nueva ley ya vigente mientras no se complete el trámite legislativo correspondiente y su publicación oficial. El texto definitivo podría modificarse.
Fuentes oficiales
- Secretaría de Gobernación, Sistema de Información Legislativa, sesión de la Cámara de Diputados del 6 de octubre de 2026 (votación 327-122): https://sil.gobernacion.gob.mx/ModulosSIL/index.php?CveSesion=5153788&Fecha=2026-10-06&Sesion=1
- Secretaría de Gobernación, Sistema de Información Legislativa, sesión del Senado del 7 de octubre de 2026 (recepción de minuta): https://www.sil.gobernacion.gob.mx/Reportes/Sesion/ResultadoSesiones2.php?Camara=2&CveSesion=5155115&Cve_Leg=66&Fec_fin=31%2F08%2F2027&Fec_ini=29%2F08%2F2024&Origen=BS
- INEGI y CNBV, ENIF 2024, Principales resultados, página 32 del PDF: https://inegi.org.mx/contenidos/programas/enif/2024/doc/enif_2024_resultados.pdf
- Cámara de Diputados, Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMEUM.pdf
- Banco de México, CoDi, funcionamiento y costos: https://www.banxico.org.mx/sistemas-de-pago/codi-cobro-digital-banco-me.html
- Banco de México, módulo Mi SPEI, funcionamiento de transferencias: https://www.banxico.org.mx/servicios/mi-spei_-transferencias-ban.html
Fuentes y referencias
- https://sil.gobernacion.gob.mx/ModulosSIL/index.php?CveSesion=5153788&Fecha=2026-10-06&Sesion=1
- https://www.sil.gobernacion.gob.mx/Reportes/Sesion/ResultadoSesiones2.php?Camara=2&CveSesion=5155115&Cve_Leg=66&Fec_fin=31%2F08%2F2027&Fec_ini=29%2F08%2F2024&Origen=BS
- https://inegi.org.mx/contenidos/programas/enif/2024/doc/enif_2024_resultados.pdf
- https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMEUM.pdf
- https://www.banxico.org.mx/sistemas-de-pago/codi-cobro-digital-banco-me.html
- https://www.banxico.org.mx/servicios/mi-spei_-transferencias-ban.html
